Adopción de persona capaz
Requisitos
MINUTA dirigida al Notario, autorizada por el Abogado; el la cual se consignarán los siguientes datos:
- Datos personales del adoptante;
- Datos personales del adoptado;
- La manifestación expresa del adoptante y el adoptado de celebrar el acto jurídico de
adopción. - Deciaración del adoptado de no tener bienes de su propiedad, en caso que así fuera.
- Fundamentos de Derecho.
- Indicar los medios probatorios que se adjuntan.
- Fecha.
- Firma del adoptante y del adoptado.
Anexos que deben acompañar a la Minuta:
- DOCUMENTO DE IDENTIDAD del Adoptante (fotocopia legalizada).
- DOCUMENTO DE IDENTIDAD del Adoptado (fotocopia legalizada).
- PARTIDA DE NACIMIENTO del ADOPTANTE (criginal y actualizada) (1 mes de
antigüedad). - PARTIDA DE NACIMIENTO del ADOPTADO (original y actualizada) (1 mes de
antigüedad). - PARTIDA DE MATRIMONIO del ADOPTADO, en caso que fuera casado (original y
actualizada) (1 mes de antigüedad) - PARTIDA DE MATRIMONIO del ADOPTANTE, en caso que fuera casado (original y
actualizada) (1 mes de antigüedad). - Si el ADOPTANTE ha sido Representante Legal del ADOPTADO se presentará el documento que acredite que las cuentas de su administración han sido aprobadas.
- Si EL ADOPTADO tuviese bienes, presentar el TESTIMONIO DEL INVENTARIO VALORIZADO.
- Los medios probatorios destinados a acreditar su SOLVENCIA MORAL; tales como:
- Certificado negativo de no tener antecedentes penales del adoptante.
- Certificado negativo de no tener antecedentes policiales del adoptante.
NOTA: De adjuntar partidas expedidas en provincia, previamente certificar la firma del registrador-certificador de la municipalidad ante RENIEC.
LOS REQUISITOS INDICADOS SON REFERENCIALES.
LA NOTARIA PODRÁ SOLICITAR DOCUMENTOS ADICIONALES DE ACUERDO AL CASO EN PARTICULAR.