Rectificación de partidas
Requisitos
MINUTA dirigida al Notario, autorizada por el Abogado; en la cual se consignarán los siguientes datos:
- Generales de ley del solicitante;
- Petitorio; que comprende la determinación clara y concreta del ERROR u OMISIÓN en que se ha incurrido en la o las partidas respectivas.
- Fundamentos de Hecho y de Derecho;
- Indicar los medios probatorios que se adjuntan;
- Fecha y firma del solicitante.
Anexos que se deben acompañar a la solicitud:
- Copia fotostática del documento de identidad del solicitante.
- Copia certificada de la partida que se solicita la rectificación.
- Instrumentos que acrediten fehacientemente el petitorio, los mismos que pueden ser según su naturaleza:
- Copia legalizada del documento de identidad;
- PARTIDA DE NACIMIENTO (original y actualizada, 3 meses de antigüedad);
- PARTIDA DE MATRIMONIO (original y actualizada, 3 meses de antigüedad);
- PARTIDA DE DEFUNCIÓN (original y actualizada, 3 meses de antigüedad);
- PARTIDA DE BAUTISMO (original y actualizada, 3 meses de antigüedad);
- Pasaporte;
- Carné de extranjería, etc.
- U otro documento según la calificación de los documentos presentados.
NOTA: De adjuntar partidas expedidas en provincia, previamente certificar la firma del registrador-certificador de la Municipalidad ante RENIEC.
LOS REQUIISITOS INDICADOS SON REFERENCIALES
LA NOTARIA PODRÁ SOLICITAR DOCUMENTOS ADICIONALES DE ACUERDO AL CASO EN PARTICULAR